Desde el 2004 aproximadamente, se ha presentado en nuestro país el tan conocido “boom inmobiliario”, donde la oferta y demanda de bienes inmuebles ha aumentado de manera exponencial comparada a la situación de a inicios de siglo. Lamentablemente, no podemos mirar con ojos ingenuos esta situación, pues, con el famoso caso del “Clan” Orellana (y otros casos parecidos), se ha puesto en manifiesto este dolor de cabeza conocido como Fraude Inmobiliario.
El Fraude Inmobiliario es aquella patología que se da en el ámbito Civil, Registral, Notarial e incluso Arbitral, donde el bien inmueble es despojado del dominio de su verdadero propietario hacia una persona extraña sin su consentimiento, bajo la comisión de un acto ilícito (sea falsificación de documentos, suplantación de identidad, etc.); esto se da por un problema que se expresa en el Registro de la Propiedad Inmueble (girando en torno a la fe pública registral), pues en él se inscriben títulos que adolecen de nulidad.
Un ejemplo clásico, mas no el único, sería el siguiente: A es propietario del inmueble “N”, B (mediante falsificación de un título, suplantación de identidad, etc.) adquiere “N” de A sin que este tenga algo que ver y eleva su adquisición a registro; luego B transfiere la propiedad a C (que confía en la información que aparece en el registro) quien también inscribe; al final de cuentas, el propietario pierde su propiedad sin tener habido algo que ver.
¿Y esto por qué se da? El Fraude Inmobiliario se manifiesta, principalmente, de las siguientes formas:
- Suplantación, al apersonarse una persona haciéndose pasar por el propietario del inmueble y celebrando una transferencia de propiedad (compraventa, donación, etc.).
- Falsificación de documentos que son llevados a Registros Públicos, y los registradores no se logran percatar de esa falsedad e inscriben dichos títulos.
- Uso de una falso poder de representación para realizar una compraventa.
- En torno caso Orellana, se mostró que usaron incluso laudos arbitrales (amparados por un vacío normativo) para este cometido.
Ante estas situaciones se han dado Mecanismos para la Tutela de la Propiedad en sede Registral:
- Alerta Registral (Directiva N°06-2013-SUNARP-SN)
- Anotación Preventiva por una presunta falsificación documentaria o suplantación de identidad (5ta y 6ta Disposición Complementaria del Decreto Legislativo 1049 modificadas por la Ley N°30313)
- Bloqueo Registral por presunta falsificación de documentos (Directiva N°001-2012-SUNARP-SN)
- Inmovilización de partidas de predios de manera temporal (Directiva N°314-2013-SUNARP-SN)
- Oposición y Cancelación de Asientos por suplantación o falsificación de documentos (Ley N°30313 y su Directiva)
Referencias:
ALIAGA HUARIPATA, Luis y MENDOZA DEL MAESTRO, Gilberto. El principio de fe pública registral y el fraude inmobiliario en el derecho peruano. Revista Crítica de Derecho Inmobiliario N°760. Lima. 2017
ESCAJADILLO CHIMAYCO, Francisco. ¿Sacrilegio del Derecho de Propiedad? Fe Pública Registral y Falsificación de Documentos.Revista Crítica de Derecho Inmobiliario. Lima. 2016
GONZALES BARRÓN, Gunther. El Fraude Inmobiliario. Segunda Edición. Juristas Editores. Lima 2017
HUANCO PISCOCHE, Henry. Cuando los justos pagan por pecadores… Análisis de la Ley N°30313: el fraude inmobiliario.Actualidad Civil N°10. Lima. 2015
HUANCO PISCOCHE, Henry. La seguridad jurídica de la propiedad inmobiliaria en el Perú. Revista Advocatus N°31. Lima. 2015
JIMÉNEZ BOLAÑOS, Jorge. ¿Quién puede responder civilmente ante el fraude inmobiliario?Revista de Ciencias Jurídicas N°121. Costa Rica. 2010
MEJORADA, Martín. Herramientas contra el fraude inmobiliario.Actualidad Civil N°10. Lima. 2015
MENDOZA DEL MAESTRO, Gilberto. La fe pública registral y la falsificación de documentos (Apuntes sobre la legitimación aparente y el poder de disposición). Derecho y Cambio Social N°33. Lima. 2013
NINAMANCCO CÓRDOVA, Fort. La metamorfosis incoherente (¿e inconstitucional?) del principio de fe pública registral. Lima. 2015. Extraído de: https://work.bepress.com/fort_ninamancco/20/
ORTIZ PASCO, Jorge. Ley N°30313: Un solo de contradicciones.Actualidad Civil N°10. Lima. 2015
PASCO ARAUCO, Alan. Fraude Inmobiliario: Análisis para una efectiva defensa legal de la propiedad.Gaceta Jurídica. Lima 2018
PASCO ARAUCO, Alan. Ni incoherente ni inconstitucional: El (¿nuevo?) 2014°CC, su falsa metamorfosis y nuestra fe pública registral macondiana”. Lima. 2015. Extraído de: https://works.bepress.com/alan_pasco/25/
Entrevista a Fort Ninamancco y Gunther Gonzales en el programa televisivo Debate y Diálogo. Ver en: https://www.youtube.com/watch?v=NuhnaboaZ7I
Diario El Comercio. ¿Quién es Rodolfo Orellana? Así funcionaba su red. 13/11/2014. Disponible en: https://elcomercio.pe/politica/justicia/rodolfo-orellana-funcionaba-red-delictiva-381571

AUTOR:
ANTONY NAVARRO MONTOYA
Estudiante de 4to año de Derecho de la UNMSM.
Miembro del Grupo de Estudios de Derecho Inmobiliario de la UNMSM.


